El Estado de Alarma nacional y la crisis que se ha generado alrededor de la pandemia del coronavirus, ha creado mucha incertidumbre entre la población extranjera en España. En tal orden, muchos de nuestros clientes y seguidores se preguntan:
- ¿Necesito regularizar mi situación en España, puedo iniciar una solicitud de extranjería en España en medio de esta situación?¿cómo lo hago?
- ¿Podría presentar un proceso de renovación de mis documentos durante el Estado de Alarma?
- Necesito renovar mis documentos, ¿cómo lo hago en el Estado de Alarma?
- He presentado mi solicitud de extranjería por la Ley 14, Ley de Emprendedores, y no he recibido respuesta, ¿qué debo hacer?
- Tengo los documentos para mi trámite, a punto de expirar su vigencia o validez: ¿qué debo hacer? ¿podré usarlos aunque estén caducados?
- He venido de turismo y vence mi periodo de estancia legal y no hs podido regresar a mi país: ¿estoy irregular?, ¿puedo tener problemas por ello?, ¿puedo presentar procesos para regularizarme?
Ante la incertidumbre generada en estos días la Dirección General de Migraciones, emitió una «Comunicación sobre el alcance del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, en relación con la disposición adicional tercera relativa a la suspensión de plazos administrativos y la Extranjera».
Resumimos su contenido a continuación:
- SE FINALIZARÁN las solicitudes presentadas antes de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, cuya propuesta de resolución sea FAVORABLES
En tal orden, recomendamos que estén atentos a sus trámites, puede variar su estatus. Si lo has presentado con profesional, pídele que te actualice sobre el estado de tu proceso.
- SE EMITIRÁN los CERTIFICADOS DE SILENCIOS POSITIVOS en las solicitudes presentadas al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto 463/2020.
Si tenías un proceso iniciado de Residencia para la búsqueda de empleo, Residencia en prácticas, Residencia para personal altamente cualificado, etc. y había pasado el tiempo de resolución legal, ¡APROVECHA¡ puedes solicitar el silencio positivo.
- Se suspenderán los procedimientos de solicitudes (iniciales o renovaciones) presentadas antes de la entrada en vigor del real decreto 463/2020, de 14 de marzo, cuya propuesta de resolución sea DENEGATORIA O DE ARCHIVO.
- La administración ACEPTARÁ aquellos DOCUMENTOS exigibles en el procedimiento y cuya vigencia haya EXPIRADOS durante la actual situación de excepcionalidad.
- SE SUSPENDERÁN los plazos de expiración de las ESTANCIA de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible por la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus.
En tal orden, si has venido de turismo y te has quedado irregular en España en medio de esta situación y no puedes regresar a tu país por el cierre de fronteras: ¡no te preocupes!, los plazos se han suspendido, no estarás irregular en este tiempo, e incluso podrás presentar algún proceso de extranjería que exija encontrarte regular en el país.
- SE ADMITIRÁN Y TRAMITARÁN, sin sujeción a plazos administrativos, las AUTORIZACIONES (INICIALES Y RENOVACIONES) presentadas con posterioridad al real decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Esta última es de las mejores noticias significa que las ADMINISTRACIÓN DE EXTRANJERÍA sigue trabajando.
En el caso de las solicitudes cuya tramitación corresponde a las Oficinas de Extranjería, dichas solicitudes podrán ser presentadas a través de la plataforma de Mercurio. Si la solicitud no pudiese ser presentada mediante dicha plataforma, se podrá presentar a través del Registro electrónico común de las Administraciones Públicas.
En solicitudes iniciales: a presentación electrónica de documentos se realice de acuerdo con lo establecido mediante Convenios de habilitación para la representación de terceros (Abogados, gestores y trabajadores sociales).
En solicitudes de modificación, prórroga o renovación de las autorizaciones de residencia y de trabajo o de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, se admitirá la presentación electrónica a partir de fórmulas de representación voluntaria a través de actos jurídicos u otorgamientos específicos
Con estas medidas se busca no prolongar una situación de indefinición que, o agravar la situación de estos colectivos de extranjeros y sus familiares en España.
Ponte en contacto con un especialista, no dejes que esta crisis te paralice. Define tu estatus, exige y defiende tus derechos.
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Me llamo Leidy Johana Restrepo Molina llege hace un mes hullendo de la violencia de mi país soy desplazada de Colombia quiero radicarse acá no se si es posible