Skip to main content
Novedades

Nómada digital: ¿solicitarla en el consulado o desde España?

Solicitar la nómada digital desde España o en el consulado

La visa de nómada digital se puede pedir de dos maneras, y el resultado no es el mismo: en el consulado obtienes un visado de hasta un año; desde España, una autorización de residencia de hasta tres años. Para la mayoría de los perfiles que acompañamos, presentar desde España es la mejor opción. Te explicamos por qué y también en qué casos el consulado sí tiene sentido.

Es una decisión que mucha gente toma casi sin pensarlo, normalmente porque el consulado le parece el camino natural. Pero de esa elección dependen cuánto tiempo tendrás garantizado en España, qué criterios se aplicarán a tu expediente y cómo empezarás a contar los años para la nacionalidad. Si todavía no conoces los requisitos del visado, empieza por nuestra guía completa del visado de nómada digital.

La diferencia entre las dos vías

Consulado Desde España (UGE)
Qué obtienes Visado de residencia para teletrabajo Autorización de residencia
Duración inicial Hasta 1 año Hasta 3 años, renovable
Quién lo resuelve El consulado, que depende del Ministerio de Asuntos Exteriores La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Plazo de resolución Variable según el consulado 20 días hábiles, con silencio positivo
Requisitos Los de la ley, aunque muchos consulados piden documentación adicional Los de la ley
Dónde tienes que estar En tu país, con residencia legal en la zona que atiende ese consulado En España, con una estancia regular
Cómo se presenta Con cita en el consulado Por vía telemática, con certificado digital

En pocas palabras: presentar desde España exige viajar antes y llegar con la documentación lista, pero te da más años de residencia, un plazo de respuesta conocido y criterios más homogéneos.

Por qué solemos recomendar presentar desde España

Tres años en lugar de uno.

El visado consular de Teletrabajador Internacional se concede por un máximo de un año. Cuando se acerca su vencimiento, tienes que solicitar desde España la autorización de residencia para seguir aquí, es decir, esto hace que debas hacer un segundo trámite al poco de llegar y probablemente vover a obtener documentos, pagar por apostillas, traducciones y la correspondiente asesoría y presentación. Si presentas desde España desde el principio, obtienes directamente una autorización de hasta tres años, renovable. Eso significa estabilidad para planificar: el contrato de alquiler, el colegio de tus hijos o tu propio negocio, sin un nuevo trámite a los pocos meses.

Desde Nexum Tramilex recomendaremos siempre la optimización de la inmigración y la economía de procesos. Presentar directamente desde España representa un único trámite una única inversión y esfuerzo energético.

Tu tiempo hacia la nacionalidad española.

La nacionalidad española por residencia exige haber residido legalmente en España de forma continuada durante un tiempo determinado; para los ciudadanos de países iberoamericanos, dos años. Con la autorización de residencia obtenida desde España, ese tiempo empieza a contar con una tarjeta de residencia de varios años y sin interrupciones de trámite. Con el visado consular, el primer año depende de un visado y de un cambio posterior a autorización, y en la práctica hay que cuidar que no queden huecos entre ambos. [VERIFICAR con la autora: cómo se está computando el periodo con visado para la nacionalidad.]

Criterios más homogéneos

Los consulados dependen del Ministerio de Asuntos Exteriores y cada uno tiene su propia práctica, su sistema de citas y su carga de trabajo. Al valorar un expediente conocen bien la realidad de su país (la inflación, la moneda, la situación económica), y eso puede influir en cómo leen, por ejemplo, tus ingresos. En nuestra experiencia, además, algunos consulados piden documentación que la ley no exige, como el alta previa en la Seguridad Social española, un trámite que casi nunca se puede tener a tiempo, entre otras subjetividades.

La UGE, en cambio, es una unidad especializada en la atracción de talento. Aplica los requisitos de la ley española y está acostumbrada a revisar registros mercantiles, declaraciones de impuestos y contratos de muchos países distintos, con monedas y formatos diferentes. Eso no significa que sea menos exigente, pero sí que sus criterios son más previsibles y estandarizados.

Un plazo conocido y con silencio positivo

Desde España, la administración tiene 20 días hábiles para resolver. Si no responde en ese plazo, la solicitud se entiende concedida, lo que se conoce como silencio positivo. En los consulados, los plazos varían mucho de una oficina a otra y no siempre son previsibles.

Todo en línea y con seguimiento

La solicitud ante la UGE se presenta por vía telemática, con certificado digital. No hay que acudir a ninguna ventanilla ni entregar documentos en papel: se presenta todo escaneado y legible, y las notificaciones llegan de forma electrónica. Como la mayoría de las personas extranjeras no tienen todavía un certificado digital español, lo habitual es que presente un profesional con el suyo. Así, el despacho recibe directamente cualquier requerimiento (una petición de la administración para completar o aclarar la documentación) y puede responder dentro del plazo.

Cuándo el consulado sí puede tener sentido

El consulado puede ser una alternativa a valorar si:

  • Tu nacionalidad necesita visado para entrar en España y conseguir un visado de turismo te resulta tan complejo como solicitar directamente el de nómada digital. En ese caso, conviene comparar las dos opciones.

Hay también un caso en el que el consulado suele no ser posible: si vives en Estados Unidos sin un estatus migratorio definido. Los consulados suelen pedir residencia legal en su zona, así que en esa situación la vía habitual es presentar desde España. Lo explicamos en España no te preguntará tu estatus migratorio en EE. UU.

Si entras como turista para presentar desde España

La mayoría de los países de Latinoamérica están exentos de visado para estancias cortas en España, de hasta 90 días. Las excepciones más habituales son Cuba, República Dominicana, Bolivia y Ecuador, cuyos ciudadanos necesitan un visado de turismo para entrar y, una vez aquí, pueden presentar la solicitud. Si eliges esta vía, ten en cuenta dos cosas:

  • La solicitud tiene que presentarse mientras tu estancia es regular, es decir, dentro del tiempo que te permite tu entrada como turista.
  • Tienes que llegar con toda la documentación lista: apostillada, traducida y vigente. Pedir certificados de tu país estando ya en España es posible, pero más lento, y los días de tu estancia corren.

Te lo contamos paso a paso en nómada digital desde España como turista.

La regla práctica: si puedes entrar en España y presentar desde aquí, en la mayoría de los casos te conviene, por los tres años de residencia, por el cómputo para la nacionalidad y por unos criterios más previsibles.

Preguntas frecuentes

¿Es mejor solicitar la nómada digital desde España o en el consulado?

Para la mayoría de los perfiles, desde España: obtienes una autorización de hasta tres años en lugar de un visado de un año, un plazo de resolución conocido y unos criterios más homogéneos. El consulado tiene sentido sobre todo si no puedes viajar a España antes.

¿Puedo entrar a España como turista y presentar la solicitud desde aquí?

Sí, siempre que presentes mientras tu estancia es regular. Si tu nacionalidad está exenta de visado, puedes entrar como turista; si no lo está, necesitarás antes un visado de turismo.

¿Qué pasa cuando vence el visado del consulado?

Antes de que venza tienes que solicitar, desde España, la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional. Es un trámite nuevo, con su propia documentación, así que conviene prepararlo con tiempo.

¿El consulado puede pedirme documentos que la ley no exige?

En la práctica, ocurre. Algunos consulados solicitan documentación adicional según su propio criterio. La UGE se ciñe a los requisitos que establece la ley.

¿Puedo traer a mi familia por cualquiera de las dos vías?

Sí. Tu cónyuge o pareja y tus hijos pueden solicitar la residencia contigo tanto en el consulado como desde España. Sus documentos también necesitan apostilla y traducción jurada y son objeto de espedientes diferentes, cada uno require una nueva presntación.

Te ayudamos a elegir la vía que te conviene

En Nexum Tramilex acompañamos estos expedientes a través del Programa Nómada: estudiamos tu caso, te ayudamos a decidir entre consulado y España según tu situación, preparamos la documentación anticipando lo que suele pedir la UGE y presentamos la solicitud. Si quieres saber si encajas y cómo sería tu proceso, puedes reservar una consulta de valoración o escribirnos por WhatsApp. Y si prefieres empezar por tu cuenta, descarga la Guía actualizada del Nómada Digital en España o únete a la Comunidad Nómada Digital en España AQUÍ, donde compartimos masterclass, directos y guías según tu caso.

Relacionado: Guía completa del visado de nómada digital · Qué es un requerimiento de la UGE y cómo responder · Los tres perfiles del visado de nómada digital

 Información general, no asesoramiento jurídico individual. La exención de visado depende de tu nacionalidad; confírmala en tu caso.

Nexum Internacional

Nexum Tramilex Nexum Tramilex es un área especializada en trámites de Extranjería, Movilidad Internacional Expatriados, de la Consultora de Internacionalización empresarial Nexum Internationacional Group, un despacho con representación principal en Madrid.

Leave a Reply

Nexum TramilexEscríbenos por WhatsApp
Nexum Tramilex
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.