¿NECESITO RENOVAR MIS DOCUMENTOS? TARJETA BLANCA, TARJETA ROJA, TARJETA VERDE, CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN DE INDOCUMENTADOS! ¿QUÉ HACER?
¿Qué pasa con la caducidad de los documentos de protección internacional?, ¿necesito renovar durante el periodo del estado de alarma?
Te explicamos las novedades en materia de prórrogas de determinados documentos, con ocasión del estado de alarma declarado por la emergencia sanitaria COVID-19 y expedidos por las Unidades de Extranjería y Fronteras.
Puedes descargar la resolución en el siguiente enlace, si necesitas enseñarla a un empleador, o cualquier autoridad que no esté al tanto.
¿Qué documentos se han prorrogado?
- CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN DE EXTRANJEROS INDOCUMENTADOS
- PROTECCIÓN INTERNACIONAL. RESGUARDO/TARJETA BLANCA
- PROTECCIÓN INTERNACIONAL. TARJETA ROJA
- PROTECCIÓN INTERNACIONAL. APÁTRIDA. TARJETA VERDE
- VOLANTE DE MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL
– Las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia caduque durante el estado de alarma o en los 90 días naturales previos a la fecha en que se decretó, verán prorrogada la misma por un plazo de seis meses a contar desde la fecha en que hubiera expirado la validez del documento.
– El resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (“resguardo blanco”), que hubiera sido expedido con anterioridad al estado de alarma, verá prorrogada su vigencia en nueve meses a contar desde la expiración de la validez del documento, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
– El documento acreditativo de solicitante de protección internacional (“tarjeta roja”) y el documento acreditativo de solicitante de condición de apátrida (“tarjeta verde”) que hubieran sido expedidos con anterioridad al estado de alarma, verán prorrogada su vigencia siete meses a contar desde la expiración de la validez de los documentos, siempre y cuando no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
– El documento (“volante”) de manifestación de voluntad de solicitud de protección internacional que hubiera caducado a consecuencia del estado de alarma verá prorrogada automáticamente su validez durante la vigencia del mismo y durante los tres meses posteriores a contar desde la fecha en que se decrete su levantamiento a los fines exclusivos de garantizar el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en dicho plazo y a la mayor brevedad, tramitar la expedición de un nuevo volante para que se le asigne una nueva fecha de formalización.
¿Qué pasa con las citas previas para renovaciones?
Quedan anuladas todas las citas que hubieran sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos. En tal sentido y con el fin de atender de manera ordenada todas las futuras peticiones de renovación, se recomienda que no se tramiten solicitudes de citas nuevas hasta que se haya producido la caducidad de la prórroga del documento a renovar.
¿Cuál es la gran novedad respecto a las autorizaciones a trabajar?
El resguardo de presentación de solicitud de protección internacional (“resguardo blanco”), así como los documentos acreditativos de solicitante de protección internacional (“tarjeta roja”), conllevarán, a partir de los seis meses desde su fecha de solicitud, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la leyenda “Autoriza a trabajar”, siempre que no se le hubiera notificado negativamente la resolución de su solicitud.
¿Cuáles son las modificaciones respecto a las Cartas de Invitación?
El solicitante de una carta de invitación, emitida con anterioridad a la
declaración del estado de alarma que no haya podido ser utilizada por coincidir la fecha de entrada prevista con la vigencia del mismo, podrá solicitar a la misma dependencia que se la expidió, la anulación de la misma, así como el reembolso de las tasas por expedición de la carta (tasas en concepto de “carta de invitación”) y las de tramitación (tasas en concepto de “autorización de expedición”), debiendo de hacer entrega inexcusablemente del original de la misma a la plantilla actuante.
Te resumimos la información en el siguiente cuadro:
RESUMEN DE LAS AUTORIZACIONES PRORROGADAS
NEXUM TRAMILEX
TIPO DE DOCUMENTO | FECHA DE EXPIRACIÓN | PRÓRROGA | DURACIÓN DE LA PRÓRROGA | OBSERVACIONES |
CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN DE EXTRANJEROS INDOCUMENTADOS | -Durante la vigencia del estado de alarma
– 90 días naturales previos (caducadas después del 14-DICIEMBRE DE 2019) |
Automáticamente prorrogadas | 6 meses a contar desde la fecha en que hubiera expirado la validez del documento. | – |
CARTA DE INVITACIÓN
|
Emitidas con anterioridad a la
declaración del estado de alarma que no haya podido ser utilizadas |
NO | – | Anulación y reembolso de las
tasas por expedición de la carta. Hacer entrega del original |
PROTECCIÓN INTERNACIONAL RESGUARDO/TARJETA BLANCA | -Durante la vigencia del estado de alarma | Automáticamente prorrogadas | 9 meses nueve meses a contar desde la expiración de
la validez del documento |
AUTORIZA A TRABAJAR
a partir de los seis meses desde su fecha de solicitud |
PROTECCIÓN INTERNACIONAL TARJETA ROJA
|
-Durante la vigencia del estado de alarma | Automáticamente prorrogadas | 7 meses a contar desde la expiración de la validez de
los documentos |
AUTORIZA A TRABAJAR
a partir de los seis meses desde su fecha de solicitud |
PROTECCIÓN INTERNACIONAL APÁTRIDA
TARJETA VERDE |
-Durante la vigencia del estado de alarma | Automáticamente prorrogadas | 7 meses a contar desde la expiración de la validez de
los documentos |
|
VOLANTE DE MANIFESTACIÓN DE VOLUNTAD DE SOLICITUD DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL | -Durante la vigencia del estado de alarma | Automáticamente prorrogadas | Durante la vigencia del estado de alarma
y durante los tres meses posteriores a contar desde la fecha en que se decrete su levantamiento |
Comisaría General de Extranjería y Fronteras
Buenas tardes,
Mi resguardo Protección Internacional, TARJETA BLANCA tiene fecha de caducidad de 7 de Julio de 2022, quería conocer si en la actualidad está vigente la prorroga de 9 meses a partir de la facha de caducidad, tal y como se indica en el cuadro de vuestra pagina web, o si por el contrario debo pedir una cita para tramitar la renovación de este documento.
Gracias por su ayuda