Medios económicos del nómada digital 2026: cuánto y cómo demostrarlo
El titular del visado de nómada digital debe acreditar el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI). Cada familiar añade un porcentaje adicional: 75% el primero y 25% cada uno más. Como el SMI se actualiza casi todos los eneros, la cifra exacta cambia cada año —por eso lo importante es entender la fórmula, no memorizar un número—.
Esta es la duda número uno de quien se plantea el visado o la residencia para nómadas digitales. Vamos con la respuesta clara, la tabla del año en curso, y después la parte que de verdad hace fracasar expedientes: cómo se demuestra ese dinero.
Cuánto hay que probar (importes 2026)
⚠️ Verifica el importe vigente: el SMI sube casi cada enero.
| Quién viaja | Fórmula | Importe orientativo 2026 / mes |
|---|---|---|
| Titular solo | 200% del SMI | ~2.850 € |
| Titular + 1 familiar | 200% + 75% | ~3.780 € |
| Titular + 2 familiares | 300% del SMI | ~4.100 € |
| Cada familiar adicional | +25% del SMI | ~+305 € |
La lógica: el titular es siempre el 200%. El primer familiar suma un 75% del SMI; a partir del segundo, cada uno suma un 25%.
Importante: el importe del titular debe probarse con los ingresos de tu actividad (tu trabajo). El importe de los familiares puede completarse con medios económicos propios: ahorros líquidos, rentas de alquiler, pensiones… siempre que sean recurrentes y disponibles.
Cómo se demuestra: la trazabilidad manda
No basta con «tener» el dinero. Hay que demostrar que entra de forma trazable. La UGE quiere ver esta cadena, de los últimos 3 meses:
Contrato → Factura → Ingreso en tu cuenta bancaria
- El contrato dice cuánto cobras.
- La factura (o recibo de honorarios) documenta cada pago.
- El extracto bancario demuestra que ese dinero entró de verdad.
Los tres tienen que ser coherentes. Si tu contrato dice 5.000 € y tu banco muestra cuatro pagos que suman 5.000, esos pagos parciales deben estar previstos en el contrato. Si no, no hay coherencia y llega el requerimiento.
Con qué documentos se prueba
- Extracto o certificado de movimientos bancarios de los últimos 3 meses.
- Facturas / recibos de honorarios de esos mismos meses.
- Si completas con medios propios: contrato de arrendamiento (rentas), certificado de saldo (ahorros), justificantes de pensiones o dividendos recurrentes.
La moneda es la de tu país: si cobras en dólares, la factura va en dólares. La conversión a euros la hacemos al presentar, con la tasa de cambio del momento y un escrito explicativo. Nunca emitas una factura en euros si no cobras en euros.
Capa de profundidad: por qué se rechazan los ingresos aun teniendo el dinero
Esto es lo que ningún artículo genérico explica, y es donde más expedientes tropiezan.
La UGE ya no acepta capturas de pantalla
Hubo fraude con extractos manipulados, y la administración subió el estándar. Un PDF descargado de tu app bancaria, sin sello ni firma de la entidad, cada vez se acepta menos. Ahora quieren que el banco lo certifique.
- Bancos latinoamericanos: a menudo solo ponen «transferencia» o «transferencia internacional», sin decir quién paga. Eso, por sí solo, no prueba nada.
El problema del «quién te paga» — y cómo se resuelve
La UGE necesita ver que el dinero viene de la empresa con la que tienes contrato. Si tu extracto no identifica al pagador, tienes tres salidas:
- Pide a tu banco un certificado que vincule el número de cuenta emisor con la empresa.
- Haz el match entre la numeración de cada movimiento y un certificado de la empresa con esa misma numeración (triangulación).
- Si nada de eso es posible, cambia de banco a uno que sí identifique los ingresos.
Este es literalmente el motivo de requerimiento más común en 2025–2026. Resolverlo antes de presentar —no después— es la diferencia entre 20 días y mes y medio.
Si cobras por plataformas terceras (Wise, Payoneer, PayPal…)
Cuando el dinero pasa por una plataforma intermedia antes de llegar a tu cuenta, hay que documentar toda la triangulación: que la empresa pagó a la plataforma, y que la plataforma te transfirió a ti. Con documentos de cada paso. Es perfectamente válido, pero hay que armarlo desde el principio.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero necesito exactamente para el visado de nómada digital? El titular, el 200% del SMI (≈2.850 €/mes en 2026). Cada familiar suma: 75% el primero, 25% los siguientes. La cifra se actualiza cada enero con el SMI.
¿Puedo usar mis ahorros en lugar de ingresos? El importe del titular debe venir de tu actividad. El de los familiares sí puede cubrirse con ahorros líquidos o rentas recurrentes.
¿Vale un PDF descargado de mi banco? Cada vez menos. La UGE prefiere un certificado firmado y sellado por la entidad. Si tu banco no lo emite, hay alternativas (ver arriba).
¿Qué pasa si cobro en varias monedas? Se presenta en la moneda de cobro y se hace la conversión a euros al presentar, con un escrito explicativo.
¿Los ingresos deben identificar a la empresa que me paga? Sí. Si tu extracto solo dice «transferencia», necesitas un certificado que vincule la cuenta emisora con la empresa de tu contrato.
Última actualización: julio de 2026. Los importes dependen del SMI vigente; verifícalos en el año en curso. Información general, no asesoramiento particular.
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