Golden Visa en España: derogada desde 2025

La residencia por inversión que en España se conocía como golden visa ya no existe. Los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013 quedaron sin efecto por la disposición final vigesimoprimera de la Ley Orgánica 1/2025, con efecto desde el 3 de abril de 2025.

Y no desapareció solo la modalidad inmobiliaria: se eliminó toda la vía de inversión. Deuda pública, acciones, fondos, depósitos bancarios, la compra de inmuebles desde 500.000 euros y los proyectos empresariales que se tramitaban por esa puerta.

Si ya tienes una autorización por inversión

No se te cae. Estas son las tres situaciones que la norma contempla:

  • Autorizaciones vigentes el 3 de abril de 2025: conservan su validez durante el tiempo por el que se concedieron.
  • Solicitudes presentadas antes de esa fecha: se resuelven conforme a la normativa vigente en la fecha en que se presentaron.
  • Renovaciones de quien obtuvo la autorización por inversión inmobiliaria: se rigen por la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.

Si estás en cualquiera de los tres casos, conviene revisar el expediente antes de que venza: el régimen transitorio se aplica a una situación concreta, y no todas las situaciones encajan igual.

Comprar una casa nunca dio, por sí solo, la residencia

Es la confusión que más veces nos han traído a la mesa. El inmueble no otorgaba nada: lo otorgaba una autorización concreta que usaba la compra como requisito. Esa autorización ya no está.

Lo que da residencia en España hoy es lo mismo que la daba antes de 2013 y lo que la sigue dando ahora: una renta, una actividad o un trabajo. Puedes seguir comprando vivienda en España siendo no residente, sin ninguna restricción por serlo. Lo que no obtienes por comprarla es el permiso.

Y hay un matiz que sí juega a favor: tener vivienda en España ayuda a acreditar alojamiento en varias de las vías que siguen abiertas. No es la llave, pero suma en el expediente.

Las vías que sí existen para este perfil

Están las doce comparadas en la página de formas de emigrar a España, agrupadas por la situación real de quien pregunta.

Lo que más nos preguntan

¿Puedo solicitar todavía la golden visa?

No. La vía está derogada desde el 3 de abril de 2025 y no admite solicitudes nuevas.

Compré el inmueble antes de esa fecha pero no llegué a presentar la solicitud. ¿Me vale?

El régimen transitorio se refiere a las solicitudes presentadas antes del 3 de abril de 2025, no a la fecha de la compra. Si no llegaste a presentar, hay que mirar qué otra vía encaja con tu situación.

Tengo la autorización por inversión y me toca renovar. ¿Puedo?

Sí. Las renovaciones de quien obtuvo la autorización por inversión inmobiliaria se rigen por la normativa vigente cuando se concedió la autorización inicial. Conviene preparar la renovación con margen.

¿Hay alguna vía que dé residencia comprando algo?

No en España. Cualquier propuesta que hoy ofrezca residencia española a cambio de una compra está vendiendo algo que no existe.

Qué haríamos con tu caso

Si tenías previsto invertir en España para obtener residencia, el trabajo ya no es tramitar: es rediseñar la ruta. Lo que cambia la respuesta no es cuánto patrimonio tienes, sino de dónde viene tu ingreso, dónde tributas hoy y qué quieres estar haciendo dentro de cinco años.

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Revisión jurídica:
Leyanis Zorrilla

Especialidad:
Extranjería y planificación migratoria.

Última revisión:
Septiembre de 2026.

Contenido informativo. El régimen transitorio se aplica a situaciones concretas y la vía que conviene depende de las circunstancias particulares de cada solicitante y de la normativa vigente en el momento de la solicitud.